Canal oficial de atención según Ley 142 de 1994, Artículo 140
Es el mecanismo establecido por ley para que los usuarios puedan presentar sus solicitudes, quejas, recursos y reclamos relacionados con el servicio de aseo. VIIVALTY SAS ESP garantiza el derecho fundamental de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política y la Ley 142 de 1994.
Solicitud de información, documentos o actuaciones relacionadas con el servicio.
Manifestación de inconformidad por la calidad o prestación del servicio.
Inconformidad relacionada con aspectos de facturación y cobro.
Mecanismo para controvertir decisiones de la empresa.
Complete el siguiente formulario para radicar su solicitud:
Canal en modo demostración: este formulario PQR es de prueba. Para atención oficial y seguimiento real, comunícate por WhatsApp al 301 985 2240.
Ingrese el número de radicado para consultar el estado de su solicitud:
viivalysas@gmail.com
Respuesta en 15 días hábiles
301 985 2240
Lun - Vie: 8:00 AM - 5:00 PM
Oficina Principal
CALLE 12B 9-33 OFICINA 717, Bogota, Colombia
Lun - Vie: 8:00 AM - 5:00 PM
Disponible en web
Lun - Vie: 9:00 AM - 5:00 PM
301 985 2240
Lun - Vie: 8:00 AM - 5:00 PM
| Tipo de Solicitud | Tiempo Máximo | Base Legal |
|---|---|---|
| Petición General | 15 días hábiles | Código de Procedimiento Administrativo |
| Queja por Calidad del Servicio | 15 días hábiles | Ley 142 de 1994 |
| Reclamo por Facturación | 15 días hábiles | Ley 142 de 1994, Art. 154 |
| Recurso de Reposición | 10 días hábiles | Ley 142 de 1994 |
| Recurso de Apelación | 10 días hábiles | Ley 142 de 1994 |
Recibir respuesta de fondo, clara y completa
Obtener copia de los documentos que reposan en el expediente
Conocer el estado del trámite en cualquier momento
Ser notificado de las decisiones que se adopten
Presentar recursos contra las decisiones
No ser discriminado por ejercer su derecho de petición
"Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades..."
Obligación de las ESP de establecer un sistema de atención de PQR.
Regula el derecho de petición ante autoridades y particulares que prestan servicios públicos.
Regula el derecho fundamental de petición y deroga disposiciones del Código Contencioso Administrativo.
Última actualización de PQR: 4 de marzo de 2026